BOLETÍN LEGAL

LA QUINTA REFORMA TRIBUTARIA DEL GOBIERNO PETRO. UNA APROXIMACIÓN PRELIMINAR

Publicado el 27 de Julio, 2026

Con fecha 20 de julio de 2026, el Gobierno Nacional radicó un nuevo proyecto de reforma tributaria que, según se comenta, tiene como propósito repeler las demandas que puedan surgir contra los funcionarios salientes por abuso en materias relacionadas con el nivel de endeudamiento en que se deja al país y con la activación de la cláusula de escape de la Regla Fiscal. La siguiente es una aproximación preliminar al contenido del proyecto:

En cuanto al Impuesto sobre la Renta:

A las personas naturales:
– Se incrementa la tarifa progresiva de renta para las personas naturales, hasta el 41%. Actualmente aplica hasta el 39%.
– Al incrementar las tarifas progresivas y eliminar el descuento del impuesto de dividendos, este último se duplica para quienes reciban dividendos por más de $57 millones aproximadamente.
– Se incrementa del 20% al 30%, la tarifa del impuesto sobre los dividendos percibidos por sociedades y entidades extranjeras y por personas naturales no residentes.
– Se elimina la exclusión de impuestos del componente inflacionario sobre rendimientos financieros.
– Se elimina el descuento por dependientes.

A las personas jurídicas:
– Se incrementa la sobretasa del impuesto sobre la renta a cargo del sector financiero – bancos, aseguradoras, comisionistas de bolsa, etc, – del 5% al 15%.
– Se incrementa la sobretasa sobre actividades extractivas de carbón, del 10% al 15%.
– Se incrementa la tarifa opcional de declaración sobre ingresos brutos del 3% al 5% para las Entidades con Presencia Significativa en Colombia que proveen servicios por Internet.

En cuanto al Impuesto de Ganancias Ocasionales:
– Se incrementa la tarifa sobre loterías, rifas y apuestas del 20% al 30%.

En cuanto el Impuesto al Patrimonio:
– Se reduce a 40.000 Unidades de Valor Tributario (“UVT”) el umbral para estar obligado al pago del impuesto al patrimonio. En consecuencia, serían responsables del impuesto quienes posean activos netos superiores a $2.094.960.000, calculados con base en la UVT de 2026. Sin embargo, este valor podría variar, dado que el impuesto solo entraría a regir en 2027.
– Las tarifas marginales aplicarían entre el 0,5% y el 3%. Se incrementaría la tarifa máxima del impuesto al patrimonio al 5.0%.

En cuanto a la obligación de pagar aportes fiscales:
– Se restringe la exoneración de aportes a salud, SENA e ICBF que hoy aplica respecto de trabajadores que devengan más de 10 salarios mínimos mensuales, a los que devenguen menos de 3 salarios mínimos.

En cuanto al Impuesto sobre el Valor Agregado:
– Se gravarían a la tarifa del 19%, entre otros:
* Los juegos de suerte y azar incluyendo los juegos operados exclusivamente por internet.
* Los vehículos híbridos.
* La Gasolina y el ACPM, a partir del año 2028. Los biocombustibles y el alcohol carburante destinados a mezclas.
* Los licores, vinos y aperitivos.

– Se eliminaría la exención del IVA para servicios turísticos prestados a residentes en el exterior y utilizados en Colombia, pero se mantendría el mecanismo de devolución de IVA a turistas extranjeros a la salida del país.

– Igualmente dejarían de ser exentas las Importaciones de valor inferior a USD200.
– Los bienes y servicios destinados a proyectos de generación con fuentes no convencionales de energía pasarían de ser excluidos a ser exentos, con derecho a devolución del IVA.

En cuanto al Impuesto al Consumo.
– Se incrementa la tarifa del impuesto del 16% al 19% sobre los vehículos con valor superior a USD 30.000, motocicletas de más de 200 c.c. yates y aeronaves.

– Los servicios de esparcimiento, culturales y deportivos con un costo superior a 10 UVT ($523.740 para el año 2026) por persona, quedarían gravados al 19%.

– El componente específico por cajetilla de cigarrillos de 20 unidades pasaría de $4.068 a $ 11.200 y los líquidos de vapeadores estarían sujetos a un impuesto de $2.000 por mililitro, con componente ad valorem del 30%.

En cuanto a los impuestos ambientales:
– La tarifa del impuesto al carbono aumentaría a $42.000 por tonelada de CO2 eq.

– Para el carbón la tarifaría plena se incrementaría del 40% al 100% entre los años 2027 y 2030.

– Se crea un nuevo Impuesto especial del 1% sobre la exportación y sobre la primera venta de hidrocarburos y carbón, aplicable a contribuyentes con renta líquida igual o superior a 50.000 UVT ( $ 2.618.700.000 para el año 2026).

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