BOLETÍN LEGAL

EL CONSEJO DE ESTADO DECLARA LA NULIDAD PARCIAL DECRETO 2669 DE 2012 SOBRE LA ACTIVIDAD DE FACTORING POR EXCESO EN EL EJERCICIO DE LA POTESTAD REGLAMENTARIA

Publicado el 04 de Septiembre, 2026

El Consejo de Estado, en sentencia del 4 de junio de 2026, declaró la nulidad de los artículos 2, 3, 4, 5, 12 y 13 del Decreto 2669 de 2012, mediante el cual se reglamentó la actividad de factoring realizada por sociedades comerciales y el artículo 8 de la Ley 1231 de 2008. La decisión tuvo como fundamento el exceso en el ejercicio de la potestad reglamentaria del Ejecutivo.

Dicha Corporación consideró que el artículo 8 de la Ley 1231 de 2008 no otorgaba al Gobierno Nacional una facultad general para regular el contenido y alcance de los servicios de compra de cartera al descuento. En consecuencia, concluyó que las disposiciones demandadas excedieron los límites establecidos para el ejercicio de la potestad reglamentaria prevista en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política. No obstante, la decisión no declaró la nulidad integral del Decreto 2669 de 2012.

La Sala precisó que la potestad reglamentaria permite expedir las disposiciones necesarias para la debida ejecución de la ley, pero no permite al Ejecutivo regular materias que no fueron objeto de reglamentación por parte del legislador. En este caso, determinó que los artículos demandados excedieron el alcance de la habilitación contenida en el artículo 8 de la Ley 1231 de 2008.

Entre las materias que regulaban las disposiciones anuladas, se encontraban las definiciones de actividad, operación y contrato de factoring, y de las operaciones conexas, las obligaciones del factor y del cliente, las reglas sobre responsabilidad y los aspectos relacionados con la vigilancia y control de la actividad.

Aunque la Ley 1231 de 2008 fue modificada posteriormente por la Ley 1676 de 2013 y el Decreto 2669 de 2012 fue objeto de modificaciones, la sentencia desarrolló el análisis de legalidad frente a las normas superiores vigentes al momento de su expedición.

Se recomienda a quienes desarrollan actividades de factoring, revisar las disposiciones que actualmente sustentan sus operaciones y contratos, a la luz de la nulidad declarada por el Consejo de Estado.

 

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